El programa pretende mejorar el acceso de los agricultores, las PYME y las empresas de mediana capitalización del sector de la agricultura y la bioeconomía a la financiación bancaria en condiciones muy favorables.
Criterios de admisibilidad
- Tienen su sede, operan e invertirán en el territorio griego.
- No operan en sectores no subvencionables, tal como se describen detalladamente a continuación como "empresas no subvencionables".
- Se dedican a actividades económicas subvencionables en los sectores agrícola y bioeconómico, tal como se describen a continuación, y
- bien son pequeñas y medianas empresas y emplean a menos de 250 trabajadores, medidos en unidades de trabajo anuales (AWU)
- o bien son empresas de mediana capitalización que emplean entre 250 y 3.000 asalariados, medidos en unidades de trabajo anual (AWU).
Condiciones específicas de subvención para las inversiones en el sector agrícola y/o de la bioeconomía:
1. Inversiones en invernaderos: Son subvencionables las inversiones en invernaderos sin calefacción. No son subvencionables las inversiones en invernaderos con calefacción, salvo aquellos invernaderos calefactados al 100% por fuentes de energía renovables (incluida la biomasa) y aquellos invernaderos existentes calefactados por fuentes de energía no renovables que se mejoren a través de esta financiación para incluir un nivel de energía renovable y/o medidas de eficiencia energética que supongan un ahorro neto de gases de efecto invernadero o aquellos invernaderos que no dispongan de un sistema de calefacción fijo (integrado). En cualquier caso, el suministro de agua de estos invernaderos debe ser sostenible, y los pesticidas, la escorrentía y su impacto global deben cumplir las normas medioambientales y sociales de la UE.
2. Invertir en biogás: Si la inversión se refiere a la construcción de pequeñas plantas de biogás (con un coste total de inversión de hasta 5.000.000 de euros), al menos el 25% de los materiales utilizados deben ser aportados por uno o más accionistas de la empresa (por ejemplo, agricultores, procesadores de alimentos, operadores de tratamiento de aguas residuales) para garantizar la viabilidad operativa a medio plazo de la inversión. Para que una planta de biogás de mayor envergadura (con unos costes totales de inversión superiores a 5.000.000 de euros) pueda optar a la financiación del BEI, se requieren contratos aceptables y jurídicamente vinculantes a largo plazo para el suministro de materias primas (más de 5 años). Estos contratos de suministro deben incluir explícitamente cláusulas contractuales que permitan al operador/productor obtener en cualquier momento y a un coste razonable los materiales adecuados para garantizar el funcionamiento continuado de la planta de biogás durante el proyecto.
3. A efectos de elección de las inversiones en el sector del regadío, la empresa financiada deberá garantizar que dispone de derechos de agua oficialmente reconocidos para el uso del agua destinada a la transformación y/o modernización de sus instalaciones.